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Corte ratifica condena por esclavitud en un hotel del Bronx en Bogotá

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 14 años de prisión contra la propietaria de un hotel en el centro de Bogotá.
Corte Suprema ratifica condena por trata de personas y esclavitud moderna en hotel del Bronx en Bogotá
Foto: Alcaldía de Bogotá
Geraldine Rozo

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 14 años de prisión contra Gloria Esperanza Duarte, una comerciante que explotó laboralmente durante siete años a una pareja en situación de vulnerabilidad en el desaparecido sector del ‘Bronx’, en el centro de Bogotá.

La mujer fue hallada culpable del delito de trata de personas en concurso homogéneo y sucesivo, luego de que la Fiscalía General de la Nación presentara pruebas contundentes que demostraron cómo, aprovechándose de la condición de pobreza extrema de Luz Aleyda Melitón Soto y César Armando Báez Beltrán, los obligó a realizar trabajos extenuantes, bajo amenazas, agresiones físicas y maltrato psicológico.

Según los hallazgos de una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, Duarte permitió a los esposos alojarse en su hotel bajo la modalidad de ‘pagadiario’, pero a cambio les impuso una rutina laboral degradante para cubrir los costos de la estadía.


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Las víctimas debían atender huéspedes, servir licor, realizar oficios generales, e incluso ubicar estupefacientes, sin días de descanso, en condiciones que ponían en riesgo su salud física y mental.

"Durante siete años, entre 2007 y 2014, estas personas vivieron sometidas al miedo de ser echadas a la calle si no cumplían con las exigencias", señaló la Fiscalía.

A cambio de sus labores, apenas recibían 3.500 pesos diarios, sin acceso a prestaciones sociales, y en algunas ocasiones fueron pagados con sustancias psicoactivas.

El caso llegó hasta la Corte Suprema luego de que la defensa de Duarte interpusiera un recurso extraordinario de casación, con el objetivo de anular la sentencia.

Sin embargo, el alto tribunal concluyó que no existían errores judiciales ni violaciones al debido proceso que justificaran revocar el fallo, y por el contrario, avaló la solidez de las pruebas presentadas.

Con esta decisión, la Corte dejó en firme la condena y envió un mensaje claro frente a los delitos de trata de personas con fines de explotación laboral, especialmente cuando las víctimas se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad.

“Se trata de una conducta sistemática y cruel que instrumentalizó a seres humanos para beneficio económico, lo que agrava la responsabilidad penal de la acusada”, concluyó la Sala Penal. La sentencia también fue destacada como un precedente relevante en la lucha contra la esclavitud moderna en contextos urbanos marginales.

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