La JEP ordenó al último secretariado de las Farc sanciones restaurativas que incluyen actos de perdón, memoria y reparación ambiental
En un hecho sin precedentes en la justicia transicional, este martes 16 de septiembre de 2025 la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) leyó la sanción de ocho años impuesta a exintegrantes de las Farc que firmaron el Acuerdo de Paz en 2016 durante el gobierno de Juan Manuel Santos.
La decisión se tomó tras un proceso en el que fue clave la participación de las víctimas y la comparecencia de quienes ejercieron como comandantes de esa guerrilla.
La Sala de Reconocimiento determinó, luego de una investigación exhaustiva, que los miembros del secretariado de las Farc entre 1993 y 2012 fueron responsables no solo de los secuestros cometidos en ese periodo, "sino también por no haber controlado el trato que sus subalternos le dieron a quienes permanecieron en cautiverio que derivó en otros crímenes como desapariciones forzadas, homicidios, torturas, tratos crueles e inhumanos, esclavitud, desplazamiento forzado e incluso violencia sexual”, se detalló durante la audiencia.
Lee también: JEP sentenció con ocho años de sanción a exjefes de las extintas Farc por 21.000 secuestros en Colombia
🔴 Atención: La Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la paz sentencia a 8 años de Sanción Propia a 7 exintegrantes de las Farc-EP por secuestros y otros crímenes en el contexto del cautiverio.
“La máxima que permite el Acuerdo Final de Paz”, dijo el magistrado… pic.twitter.com/J3hJTnJ0n6— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) September 16, 2025
El magistrado Camilo Andrés Suárez Aldana, de la Sección de primera instancia para casos de reconocimiento de verdad, dijo que la decisión de imponer condena restaurativa implica que:
“los siete integrantes del último secretariado de las Farc: Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Jorge Torres Victoria, Félix Antonio Muñoz Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar, sean declarados máximos responsables de la organización y penalmente responsables en calidad de autores en la comisión de crímenes de guerra”.
Así mismo, la investigación determinó que “se infringieron daños, a mujeres, niños, niñas, hombres, mayores, adolescentes, personas con orientación sexual e identidad de género diversa, discapacitados, embarazadas, integrantes del pueblo afrocolombiano, indígenas, rom, raizales, y personas de variados sectores económicos como empresarios, ganaderos, comerciantes, transportadores, campesinos, estudiantes, docentes”, agregó el magistrado Suárez.
Lee también: Comunidades de los Cerros Orientales protestan por falta de servicios y legalización de barrios
Pdte. Petro aseguró que el crecimiento de cultivos de hoja de coca se dio en el gobierno de Iván Duque
Finalidad restaurativa y reparadora del daño causado
El fallo explicó que las sanciones propias de la JEP tienen una finalidad esencialmente restaurativa y reparadora del daño causado, con restricción de derechos y libertades en función del grado de reconocimiento de verdad y responsabilidad de cada compareciente.
Suárez señaló que las sanciones impuestas no equivalen a pena privativa de la libertad y comprenden restricciones efectivas de libertades y derechos tales como: “la libertad de residencia y movimientos necesarios para la ejecución de la sanción propia, además de condiciones necesarias orientadas a garantizar la no repetición”.
🔴#Atención | La JEP emite su primera sentencia restaurativa contra 7 exintegrantes del último Secretariado de las extintas Farc-EP por secuestro y otros crímenes cometidos en el contexto del cautiverio.
📹Sigue en vivo la transmisión de la decisión. https://t.co/QvgDk368CQ— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) September 16, 2025
La sanción restaurativa y retributiva
Los mismos comparecientes propusieron proyectos restaurativos como: transcripción y validación de testimonios, construcción y divulgación de artefactos de memoria, participación en productos audiovisuales, radiales, digitales, incluso la creación de micro sitio web con contenido reparador.
De igual forma, organización de eventos de perdón, espacios de diálogo sobre hechos victimizantes, participación de encuentros restaurativos con víctimas, búsqueda de personas dadas desaparecidas y formulación de planes de trabajo para entrega de coordenadas, visitas a terreno para dar con cuerpos de personas desaparecidas y actos de arrepentimiento y perdón concertado con las víctimas.
El componente reparador contempla, además, acciones ambientales como la preparación de terrenos, instalación de viveros, propagación de especies nativas, iniciativas agropecuarias sostenibles, promoción del turismo comunitario en zonas afectadas por el conflicto y apoyo a la descontaminación de espacios con presencia de minas antipersonal.
Tras el análisis técnico, la Sala consideró legítimos y pertinentes los proyectos presentados e impuso su cumplimiento en los términos, plazos y condiciones aprobados por la JEP.
Para garantizar el proceso, se implementará un sistema de control y monitoreo remoto no invasivo que permita respuestas oportunas y efectivas.