Boleta de encarcelamiento sella prisión domiciliaria del expresidente Álvaro Uribe
El Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá remitió al Establecimiento Carcelario del Inpec en Sonsón, Antioquia, la boleta de encarcelamiento contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, luego de ser sentenciado como determinador responsable de los delitos de soborno en actuación penal, en concurso homogéneo, y fraude procesal. La decisión incluye una condena de doce años de prisión, que será cumplida bajo la figura de prisión domiciliaria.
Según el documento judicial, la medida fue firmada por el titular del despacho en cumplimiento de la comisión 002 emitida por el juzgado comitente. “Se remitió la boleta de encarcelamiento en contra del señor Álvaro Uribe Vélez”, indica la comunicación.
La sentencia establece que, además de la pena principal, el sentenciado suscribió diligencia de compromiso contemplada en el artículo 38B del Código Penal, respaldada por una caución prendaria equivalente a cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes. Este trámite garantiza, entre otras cosas, el cumplimiento de las condiciones impuestas para la prisión domiciliaria.
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No obstante, el fallo aún no está ejecutoriado, pues la defensa del exmandatario interpuso recurso de apelación. Mientras se resuelve, el caso permanecerá a cargo del juzgado de primera instancia.
Esto implica que Uribe continuará sujeto a las decisiones del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá hasta que el tribunal competente defina en segunda instancia si confirma, modifica o revoca la condena.
El proceso judicial contra el expresidente se originó a partir de una investigación por presunta manipulación de testigos, en la que se le acusó de promover acciones para que declarantes cambiaran su versión dentro de un expediente que lo vinculaba con grupos paramilitares. La Fiscalía presentó cargos por soborno en actuación penal y fraude procesal, argumentando que existió una estrategia coordinada para alterar pruebas y declaraciones.
El juez que profirió la condena consideró acreditada la participación de Uribe como determinador de estas conductas, lo que significa que, aunque no ejecutó directamente los actos ilícitos, habría ordenado o instigado su realización.
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Por su parte, la defensa del exmandatario ha insistido en que la decisión carece de sustento probatorio y que la apelación busca revertir lo que consideran una condena injusta. El equipo jurídico argumenta que no se demostró que Uribe tuviera interés personal en modificar testimonios y que las gestiones realizadas estaban amparadas por el ejercicio legítimo de su defensa.
Mientras avanza el trámite de segunda instancia, la condena a prisión domiciliaria y las condiciones impuestas por el juzgado quedan en suspenso, a la espera de una decisión definitiva que podría convertirse en uno de los fallos judiciales más trascendentes en la historia reciente del país.