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Madres buscadoras de víctimas de desaparición forzada, sinónimos de construcción de paz y memoria

La Ley 2364 de 2024 reconoce y protege a las mujeres que han dedicado su vida a buscar a sus seres queridos víctimas de desaparición forzada en Colombia. RTVC acompaña la divulgación de esta ley y del Auto emitido por la JEP.
Ley de Madres Buscadoras: a quién protege, qué derechos garantiza
Foto de: Unidad de Víctimas
Radio Nacional de Colombia

RTVC, como parte del Comité de Prevención y No Repetición del Sistema Nacional de Búsqueda (SNB), acompaña la divulgación de la Ley de Mujeres Buscadoras y del Auto emitido por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Esta ley —la Ley 2364 de 2024— reconoce y protege los derechos de las mujeres que buscan a víctimas de desaparición forzada. Fue promovida por la Fundación Nydia Erika Bautista y otras ocho organizaciones, y se conoce como la Ley de Mujeres Buscadoras.

“Es un instrumento legal (...) que consiste en unas medidas para el respeto, garantía y protección de los derechos humanos de todas las mujeres buscadoras”, se explica en el documento oficial.

¿A quién protege esta ley?

La norma está dirigida a mujeres que, de forma individual o colectiva, han dedicado su vida a buscar personas desaparecidas. La ley dice que:

“Mujer buscadora es aquella que, de forma individual y/o colectiva, se ha dedicado en forma continua y sustancial a la búsqueda de víctimas de desaparición forzada.”

También reconoce a estas mujeres como constructoras de paz y defensoras de derechos humanos, y establece el 23 de octubre como el Día Nacional de Reconocimiento a las Mujeres Buscadoras.


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¿Qué derechos garantiza?

Algunos derechos que protege esta ley son: 

  • Acceso a la información y a la justicia
  • Atención psicosocial
  • Protección y seguridad para realizar la búsqueda
  • Reconocimiento público de su labor
  • Apoyos económicos no condicionados

Acceso a salud, educación y vivienda

La ley también busca que las mujeres buscadoras y sus familias puedan acceder a derechos básicos como salud, educación y vivienda. Por ejemplo:

  • “Todo centro de educación... podrá adoptar criterios de priorización de ingreso de mujeres buscadoras.”
  • “El Ministerio de Vivienda... establecerá mecanismos para acceder a subsidios o programas de vivienda de interés social.”
  • “Se fortalecerá la atención psicosocial y de salud integral” para ellas y su núcleo familiar.

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Registro oficial y participación

Se creará un Registro Único de Mujeres Buscadoras, administrado por la Unidad de Atención y Reparación a las Víctimas, que les permitirá ser parte activa en las políticas de verdad y memoria:

“Podrán participar en todas las iniciativas del Estado y políticas públicas para la construcción de verdad.”

La ley también exige que los planes de desarrollo de municipios y departamentos incluyan programas para proteger a estas mujeres y a sus familias.

Compromiso de RTVC

RTVC, Sistema de Medios Públicos, participa en el Comité de Prevención y No Repetición del SNB y tiene la responsabilidad de ayudar a difundir la información relacionada con esta ley. 

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